El Concejal Juan Martín Bravo denuncia que presuntamente la Secretaría de Seguridad y Justicia de Cali estaría exigiendo requisitos adicionales a los establecidos en la Ley, para el y funcionamiento de los establecimientos de comercio

– Ningún inspector de Policía de la ciudad puede cerrar un establecimiento de comercio por falta de licencia de construcción del inmueble donde opera.
– La Sentencia No. 339 del año 2007 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó que ninguna autoridad puede exigir requisitos adicionales a los que define la norma nacional para la apertura y funcionamiento de un establecimiento de comercio. 

Santiago de Cali, 26 de junio de 2023

Tras varios meses de seguimiento a las denuncias recibidas por parte de comerciantes de la ciudad, se ha recopilado información que da cuenta de presuntas irregularidades en el proceso de regulación de los Establecimientos de Comercio de la ciudad que ha conllevado al cierre de estos de manera definitiva y sanciones a sus propietarios. Las investigaciones han dado cuenta que, por parte de algunos Inspectores de Policía de la ciudad, se estaría exigiendo como uno de los requisitos para operar, la presentación de una “licencia de construcción” del inmueble, lo cual sería un acto en contra de la normatividad que regula expresamente que requisitos debe cumplir un empresario para desarrollar su actividad económica dentro de un Establecimiento de Comercio. 

Ante esta situación, el Concejal Juan Martín Bravo interpuso ante el Juzgado 12° Administrativo Oral Del Circuito De Cali, una demanda, la cual fue admitida (Acción de Cumplimiento – Rad. 2023-00170), en contra de la Administración local, para que por mandato judicial se obligue a la Alcaldía de Cali, a dar cumplimiento estrictamente al Artículo 87° de la Ley 1801 del 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana” en donde se establecen los requisitos taxativos que se deben cumplir para el desarrollo de una actividad económica en un Establecimiento de Comercio y que además enuncia expresamente que: (…) Ninguna autoridad podrá exigir licencia, permiso o requisito adicional de funcionamiento, para el desarrollo de actividades económicas salvo lo previsto en la ley (…)” 

“Lo que resulta aún más grave es que, estas presuntas actuaciones de funcionarios de la Secretaria de Seguridad y Justicia de Cali, podría generar no solo perjuicios económicos al empresariado caleño, sino, también posibles demandas contra la ciudad que afectarían sus finanzas por una avalancha de solicitud de indemnizaciones por perjuicios.
Así mismo, esta situación viola el derecho al trabajo, la libre competencia, la libertad económica, la libertad de empresa, entre otros derechos de los ciudadanos”, añadió el concejal Juan Martin Bravo. 

“Ningún inspector de Policía puede cerrar un establecimiento de comercio por falta de licencia de construcción del inmueble donde opera. Es inaceptable que el poder del Estado se esté presuntamente usando para frenar el progreso de los empresarios y de la comunidad no solo en Cali, sino en otras ciudades del país. Invito a todos los ciudadanos que se han visto afectados a que denuncien y se sumen a la demanda que instauramos en contra del distrito de Cali para frenar esta problemática”, puntualizó el concejal Bravo. 

Así mismo, el Concejal Juan Martin hizo un llamado a los entes de control como la Fiscalía y la Procuraduría para que realice las investigaciones pertinentes por la posible extralimitación de funciones de acuerdo a la Ley, de estos funcionarios involucrados en las denuncias aquí expresadas.

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